MEMO ANALÍTICO
Para: Cintli Ayesa Cárdenas Barajas
De: Arias Maciel Isabel de Dolores
Asunto: Recomendación para realizar una difusión protegida de sus obras
Estimada profesora de la Facultad de Economía, Cintli Ayesa Cárdenas Barajas; tengo el agrado de dirigirme a usted por medio del presente memo analítico con la intención de recomendarle una alternativa para difundir sus obras. Primeramente, me gustaría comentarle que sus obras pueden ser protegidas mediante los derechos de autor, La Ley Federal del Derecho de Autor (2016) lo define en su artículo 11.- de la siguiente manera:
“El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial…”
Y en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2017) se menciona lo siguiente:
“Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora.”
Al difundir sus obras, estas siguen protegidas, el artículo 15 de la Ley Federal del Derecho de Autor (2016) menciona:
“Las obras literarias y artísticas publicadas en periódicos o revistas o transmitidas por radio, televisión u otros medios de difusión no pierden por ese hecho la protección legal”
Respaldando lo anterior Sanromán (2008) dice que “El Estado reconoce el derecho que tiene todo creador de obras producto del intelecto humano”
Según datos obtenidos de la página oficial de INDAUTOR (2017) en el primer trimestre del 2017 se registraron 12, 637 obras y únicamente en el mes de abril se registraron 3, 246. Como puede observar una gran cantidad de personas hace uso del derecho de autor
Una manera para obtener información de una licencia y compartir sus obras es a través de Creative Commons, su página oficial menciona lo siguiente:
“Las licencias Creative Commons públicas proporcionan un conjunto estándar de términos y condiciones que los creadores y otros titulares de derechos pueden utilizar para compartir trabajos originales de autoría y otro material sujeto a derechos de autor y otros derechos” (Creative Commons, 2017)
De igual manera usted puede agregar las características que desea al difundir sus obras y dicha página le recomendaría una licencia. En su caso, se tomaron en cuenta las siguientes:
*No permitir que se compartan adaptaciones de su obra
*No permitir su uso comercial
Se le recomienda la licencia Reconocimiento – No derivatives 4,0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0). Las características anteriores se tomaron en cuenta para que otras personas no puedan modificar su obra y evitar que esta sea utilizada sin su consentimiento.
Un documento obtenido de Creative Commons (2017) menciona respecto a la licencia anterior en La sección 2 – Ámbito y aplicación:
a. “Sujeto a los términos y condiciones de esta Licencia Pública, el Licenciante otorga a Usted una licencia mundial, libre de regalías, no sublicenciable, no exclusiva, irrevocable para ejercer los derechos de licencia en el material autorizado…”
Como podemos observar usted puede difundir sus obras con derecho de autor para evitar modificaciones no deseadas o su uso sin su consentimiento, la Ley respalda los derechos de autor y la protege, así mismo es sencillo encontrar una licencia para difundir sus trabajos a través de Creative Commons.
Agradezco de antemano su atención; espero que esta información sea relevante para usted y quedo a su disposición para facilitarle cualquier información.
Elaborado por: Arias Maciel Isabel de Dolores
BIBLIOGRAFÍA:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2017)
CreativeCommons. (25 de mayo de 2017). Creative Commons. Obtenido de creativecommons.org: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode
INDAUTOR. (25 de mayo de 2017). Instituto Nacional del Derecho de Autor. Obtenido de www.indautor.gob.mx: http://www.indautor.gob.mx/indicadores.php
Ley Federal del Derecho de Autor (2016)
Sanromán y Cruz (2008) Derecho corporativo y la empresa. México. Cengage Learning Editores, S.A. de C.V.
¿Y la realidad?
ResponderEliminar