A QUIÉN VA DIRIGIDO
PRESENTES
El suscrito, **************, integrante del Grupo Parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional representado en la LXIII Legislatura
correspondiente a la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1;
y 78, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene a bien someter
a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma
la fracción III, del artículo 13, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento
de los Servicios Financieros, al tenor de la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sanroman define el derecho bancario como: “El Conjunto de normas jurídicas tendentes a regular la actividad de la
banca y la intermediación en operaciones de crédito; el objeto de estudio de la
materia son los sujetos que interactúan en las distintas operaciones bancarias
y las instituciones de crédito”1
Según refiere Banxico
en su página de internet: “Los bancos son
quizá los intermediarios financieros más conocidos, puesto que ofrecen
directamente sus servicios al público y forman parte medular del sistema de
pagos” 2
Ello es debido a que actualmente
los bancos ofrecen más facilidades para que la población en general pueda acceder
a los servicios que brindan; a este respecto la Encuesta Nacional
de Inclusión Financiera 2015 realizada por el Instituto Nacional de Estadística
y Geografía (INEGI) y La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) arrojó
como resultado que el 44.1% de la población tiene una cuenta en una institución
financiera. 3
Entre los muchos servicios que ofrecen las
instituciones bancarias se encuentran las cuentas de ahorro, siendo definido
este último concepto por el Banco de México como: “el acto de guardar o
dejar de “gastar” recursos hoy para utilizarlos en el futuro”. 4
Desafortunadamente, una realidad a afrontar es que el poder adquisitivo
del dinero disminuye a través del tiempo, conforme aumenta el precio de los
bienes y servicios, en un proceso llamado “inflación”, De acuerdo a Banxico es
debido a la inflación que: “los intermediarios pagan intereses a los
ahorradores que desean invertir sus recursos en el presente para consumir
después”,4 de igual manera, los clientes pagan al banco intereses
por servicios como los créditos.
En ese tenor existen diversos indicadores como el Costo Anual Total
(CAT) y la Ganancia Anual Total (GAT). El CAT es definido en la fracción VI,
del artículo 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros de la siguiente manera: “Costo anual total de financiamiento expresado en términos porcentuales
anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad
de los costos y gastos inherentes a los créditos, préstamos o financiamientos
que otorgan las Entidades”, por el contrario la GAT se define en la
fracción XI del referido artículo 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros como la: “Ganancia
Anual Total Neta expresada en términos porcentuales anuales, que, para fines
informativos y de comparación, incorpora los intereses que generen las
operaciones pasivas de ahorro, inversión y otras análogas, que celebren las
instituciones de crédito, las entidades de ahorro y crédito popular y las
uniones de crédito con sus Clientes, menos todos los costos relacionados con la
operación, incluidos los de apertura, será expresado tanto en términos reales
como nominales, conforme a las disposiciones que emita el Banco de México para
su cálculo”, es decir mientras el CAT muestra los costos de créditos,
préstamos o financiamiento; la GAT muestra el rendimiento de las operaciones
pasivas de ahorro, inversión y otras similares.
Cabe señalar que “la Ganancia Anual Total fue introducida en el año 2010
por la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros,
junto con otras medidas de protección al público. Esta Ley facultó al Banco de
México para establecer la fórmula, los componentes y la metodología de cálculo
de la GAT, así como los tipos y montos de las operaciones a los que es
aplicable, lo que se contiene en la Circular 35/2010 del Banco de México.
En la reforma financiera del 2014 se amplió la obligación a más
intermediarios y se adicionó el cálculo de la GAT en términos reales”.4
Respecto al CAT el Reglamento de la Ley Federal de Protección al
Consumidor, en su artículo 6 menciona: “En
la celebración de operaciones a crédito, incluyendo las operaciones de
compraventa a plazo, de pagos diferidos y de exhibiciones periódicas, antes de
la contratación correspondiente, el proveedor deberá informar al consumidor el
Costo Anual Total aplicable a la operación, expresado en términos porcentuales
anuales”
Exista casos de entidades bancarias que según su página de internet, un cliente que deposite 100
mil pesos a un plazo de 90 días, le corresponde un GAT nominal de 2.05% sin
embargo la misma página muestra que incluyendo la inflación y otros factores la
GAT real es de -1.86%, el equivalente a $1,860, quedando un ahorro de $98,140 lo que significa que lejos de obtener interés por su
dinero, éste disminuyo.
Ahora en el caso de un crédito, se
tiene un CAT de 16.6%. Como podemos observar existe una notable desigualdad
entre lo que se obtiene en una cuenta de ahorro y lo que tienen que pagar por
un crédito, es entendible que exista diferencia porque de ahí radica la
ganancia del Banco sin embargo la diferencia es demasiada.
A esta situación debe sumarse que en
muchas ocasiones existe desconocimiento en un amplio sector de la población
sobre las cuestiones financieras pues según la Encuesta Nacional de Inclusión
Financiera el 82.8% de adultos no compara entre productos e instituciones
financieras para abrir una cuenta y únicamente el 29.8% conoce las comisiones
que se cobran. 3
De lo anterior se colige que el
desconocimiento de la población que tiene una cuenta de ahorro en una
institución bancaria de las situaciones enunciadas provoca un perjuicio en su
economía, pues como se observó anteriormente la GAT nominal puede ser positiva,
sin embargo al incluir factores como la inflación se obtiene la GAT real, siendo
esta negativa dando como consecuencia que el cliente no obtiene las ganancias
esperadas, sino que por el contrario se le generan pérdidas.
Por lo anterior el suscrito iniciador
considera pertinente que los usuarios de los servicios financieros tengan
acceso a dicho indicador de manera periódica y directamente de la institución
bancaria correspondiente, que le sirva de base para la toma de decisiones de
manera informada al facilitársele el acceso a la misma.
En tal tesitura consideramos que una de
las formas para reducir el desconocimiento por parte de la población es incluir
la Ganancia Anual Total en el estado de cuenta de los usuarios de los servicios
financieros y no únicamente en la publicidad; para lo cual se propone reformar
la fracción III del artículo 13, de la Ley para la Transparencia y el
Ordenamiento de los Servicios Financieros, de esta manera estarán enterados de
manera oportuna y periódica sobre el rendimiento de sus cuentas, promoviendo con
ello la transparencia y permitiendo que se tomen decisiones adecuadas en cuanto
a su ahorro.
Por lo expuesto y fundado, y haciendo
uso de las facultades que me confiere el orden constitucional y legal vigente,
me permito someter a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
D E C R E T O
ÚNICO.- Se reforma la fracción
III del artículo 13 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros, para quedar como sigue:
ARTICULO 13.- […]
[…]
[…]
[…]
I. […]
II. […]
III. La información relevante que contemple el cobro de Comisiones por
diversos conceptos, el cobro de intereses, los saldos, límites de crédito y
advertencias sobre riesgos de la operación, el CAT y la GAT Real, entre otros
conceptos.
T R A N S I T O R I O:
ÚNICO.- El presente decreto
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a ___ de _____ de 2017.
ATENTAMENTE
_____________________________
Arias Maciel Isabel de Dolores
Vazquez Honorato Karen Jaqueline
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