Derecho laboral: Ventajas y desventajas de las alternativas de contratacion

En el siguiente trabajo   se analizaran las diferentes alternativas de contratación que existen en México de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, así como de las ventajas y desventajas que presenta cada una de ellas. De acuerdo a Sanromán y Cruz (2008) Néstor de Buen señala que el derecho laboral es el conjunto de normas relativas a las relaciones que directa o indirectamente derivan de la prestación libre, subordinada y remunerada de servicios personales y cuya función es producir el equilibrio de los factores en juego, mediante la realización de la justicia social. Para hacer valer ese derecho se cuenta con el sustento legal de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el artículo 23 de dicha ley menciona: “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización socia l de trabajo, conforme a la ley”. Está conformado por dos aparatados: A.    Regula las rela...

INICIATIVA DE LEY CORREGIDA SEMANA 9


A QUIÉN VA DIRIGIDO

PRESENTES

El suscrito, **************, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional representado en la LXIII Legislatura correspondiente a la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción VIII; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1; y 78, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene a bien someter a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III, del artículo 13, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Sanroman define el derecho bancario como: “El Conjunto de normas jurídicas tendentes a regular la actividad de la banca y la intermediación en operaciones de crédito; el objeto de estudio de la materia son los sujetos que interactúan en las distintas operaciones bancarias y las instituciones de crédito”1

Según refiere Banxico en su página de internet: “Los bancos son quizá los intermediarios financieros más conocidos, puesto que ofrecen directamente sus servicios al público y forman parte medular del sistema de pagos” 2

Ello es debido a que actualmente los bancos ofrecen más facilidades para que la población en general pueda acceder a los servicios que brindan; a este respecto la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2015 realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) arrojó como resultado que el 44.1% de la población tiene una cuenta en una institución financiera. 3

Entre los muchos servicios que ofrecen las instituciones bancarias se encuentran las cuentas de ahorro, siendo definido este último concepto por el Banco de México como: el acto de guardar o dejar de “gastar” recursos hoy para utilizarlos en el futuro”. 4

Desafortunadamente, una realidad a afrontar es que el poder adquisitivo del dinero disminuye a través del tiempo, conforme aumenta el precio de los bienes y servicios, en un proceso llamado “inflación”, De acuerdo a Banxico es debido a la inflación que: “los intermediarios pagan intereses a los ahorradores que desean invertir sus recursos en el presente para consumir después”,4 de igual manera, los clientes pagan al banco intereses por servicios como los créditos.

En ese tenor existen diversos indicadores como el Costo Anual Total (CAT) y la Ganancia Anual Total (GAT). El CAT es definido en la fracción VI, del artículo 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros de la siguiente manera: “Costo anual total de financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos, préstamos o financiamientos que otorgan las Entidades”, por el contrario la GAT se define en la fracción XI del referido artículo 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros como la: “Ganancia Anual Total Neta expresada en términos porcentuales anuales, que, para fines informativos y de comparación, incorpora los intereses que generen las operaciones pasivas de ahorro, inversión y otras análogas, que celebren las instituciones de crédito, las entidades de ahorro y crédito popular y las uniones de crédito con sus Clientes, menos todos los costos relacionados con la operación, incluidos los de apertura, será expresado tanto en términos reales como nominales, conforme a las disposiciones que emita el Banco de México para su cálculo”, es decir mientras el CAT muestra los costos de créditos, préstamos o financiamiento; la GAT muestra el rendimiento de las operaciones pasivas de ahorro, inversión y otras similares.

Cabe señalar que “la Ganancia Anual Total fue introducida en el año 2010 por la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, junto con otras medidas de protección al público. Esta Ley facultó al Banco de México para establecer la fórmula, los componentes y la metodología de cálculo de la GAT, así como los tipos y montos de las operaciones a los que es aplicable, lo que se contiene en la Circular 35/2010 del Banco de México.
En la reforma financiera del 2014 se amplió la obligación a más intermediarios y se adicionó el cálculo de la GAT en términos reales”.4

Respecto al CAT el Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 6 menciona: “En la celebración de operaciones a crédito, incluyendo las operaciones de compraventa a plazo, de pagos diferidos y de exhibiciones periódicas, antes de la contratación correspondiente, el proveedor deberá informar al consumidor el Costo Anual Total aplicable a la operación, expresado en términos porcentuales anuales”

Exista casos de entidades bancarias que según su página de internet, un cliente que deposite 100 mil pesos a un plazo de 90 días, le corresponde un GAT nominal de 2.05% sin embargo la misma página muestra que incluyendo la inflación y otros factores la GAT real es de -1.86%, el equivalente a $1,860, quedando un ahorro de $98,140 lo que significa que lejos de obtener interés por su dinero, éste disminuyo.

Ahora en el caso de un crédito, se tiene un CAT de 16.6%. Como podemos observar existe una notable desigualdad entre lo que se obtiene en una cuenta de ahorro y lo que tienen que pagar por un crédito, es entendible que exista diferencia porque de ahí radica la ganancia del Banco sin embargo la diferencia es demasiada.

A esta situación debe sumarse que en muchas ocasiones existe desconocimiento en un amplio sector de la población sobre las cuestiones financieras pues según la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera el 82.8% de adultos no compara entre productos e instituciones financieras para abrir una cuenta y únicamente el 29.8% conoce las comisiones que se cobran. 3

De lo anterior se colige que el desconocimiento de la población que tiene una cuenta de ahorro en una institución bancaria de las situaciones enunciadas provoca un perjuicio en su economía, pues como se observó anteriormente la GAT nominal puede ser positiva, sin embargo al incluir factores como la inflación se obtiene la GAT real, siendo esta negativa dando como consecuencia que el cliente no obtiene las ganancias esperadas, sino que por el contrario se le generan pérdidas.

Por lo anterior el suscrito iniciador considera pertinente que los usuarios de los servicios financieros tengan acceso a dicho indicador de manera periódica y directamente de la institución bancaria correspondiente, que le sirva de base para la toma de decisiones de manera informada al facilitársele el acceso a la misma.

En tal tesitura consideramos que una de las formas para reducir el desconocimiento por parte de la población es incluir la Ganancia Anual Total en el estado de cuenta de los usuarios de los servicios financieros y no únicamente en la publicidad; para lo cual se propone reformar la fracción III del artículo 13, de la Ley para la Transparencia y el Ordenamiento de los Servicios Financieros, de esta manera estarán enterados de manera oportuna y periódica sobre el rendimiento de sus cuentas, promoviendo con ello la transparencia y permitiendo que se tomen decisiones adecuadas en cuanto a su ahorro.

Por lo expuesto y fundado, y haciendo uso de las facultades que me confiere el orden constitucional y legal vigente, me permito someter a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de



D E C R E T O

ÚNICO.- Se reforma la fracción III del artículo 13 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:

ARTICULO 13.- […]
[…]
[…]
[…]
I. […]
II. […]
III. La información relevante que contemple el cobro de Comisiones por diversos conceptos, el cobro de intereses, los saldos, límites de crédito y advertencias sobre riesgos de la operación, el CAT y la GAT Real, entre otros conceptos.

T R A N S I T O R I O:

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a ___ de _____ de 2017.

ATENTAMENTE


_____________________________

1 Sanroman y Aranda (2008).  Derecho corporativo y la empresa.
2 http://www.banxico.org.mx/divulgacion/sistema-financiero/sistema-financiero.html
3 http://www.cnbv.gob.mx/Inclusi%C3%B3n/Documents/Encuesta%20Nacional%20de%20IF/ENIF%202015.pdf
4 http://www.banxico.org.mx/sistema-financiero/servicios/ganancia-anual-total-gat/%7BB56579D7-EC34-FAA0-E7BE-9265F87E8EBA%7D.pdf


Elaborado por:
Arias Maciel Isabel de Dolores
Vazquez Honorato Karen Jaqueline

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